Nacional Presidencia


Corte ampara a mujer indígena que estuvo presa acusada de peculado

Corte ampara a mujer indígena que estuvo presa acusada de peculado
Suprema Corte de Justicia de la Nación en sesión (04/11/2026). Foto: SCJN

Publicación:05-11-2026

TEMA: #SCJN  

version androidversion iphone
++--

La SCJN amparó a una mujer indígena de Oaxaca que estuvo 78 días en prisión por una acusación de peculado y ordenó revisar su caso

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) amparó a una mujer indígena de la región de la Chinantla, en Oaxaca, que permaneció 78 días en prisión y luego fue liberada por falta de pruebas en una acusación de peculado que se le hizo.

El pleno concedió la protección de la justicia federal para efectos de que el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) deje sin efectos la sentencia emitida en el recurso de reclamación de responsabilidad patrimonial del Estado que la mujer promovió y emita una nueva resolución con enfoque interseccional.

La adulta mayor participó en un programa social de reproducción y crianza de cerdos en su comunidad; sin embargo, fue acusada de peculado luego de ser sometida a un procedimiento de verificación sobre las reglas de operación del programa, lo que derivó en observaciones.

Tras permanecer 78 días privada de su libertad, la mujer indígena obtuvo su libertad por falta de pruebas y promovió una reclamación de responsabilidad patrimonial del Estado, no obstante, la autoridad administrativa lo declaró infundado.

Ante ello, acudió ante el TFJA para promover un juicio de nulidad y dicho órgano consideró insuficiente un dictamen en materia de etnología presentado en copia simple y que no había sido desahogado formalmente como prueba pericial.

Durante la sesión el Máximo Tribunal resolvió que el TFJA vulneró los derechos al debido proceso y al acceso a la justicia de la mujer ya que el caso debía analizarse desde un enfoque interseccional, pues en la persona reclamante convergen distintas categorías de discriminación: ser mujer, persona adulta mayor, integrante de una comunidad indígena y hablante de una lengua indígena.

"Estas circunstancias obligan a las y los juzgadores a flexibilizar las reglas procesales cuando sea necesario para garantizar un acceso efectivo a la justicia, valorar las pruebas atendiendo al contexto específico de la persona y remover los obstáculos lingüísticos, culturales y estructurales que impiden el pleno ejercicio de sus derechos", indicó la Suprema Corte. 

Además, consideró que el TFJA trasladó indebidamente a la mujer la obligación de acreditar la irregularidad administrativa y omitió analizar las pruebas con las que la autoridad pretendía justificar su conducta.

 

 



« El Universal »