Nacional Dependencias Federales
Presenta PRI su reforma sobre desaparición en San Lázaro

Publicación:06-04-2025
TEMA: #Reforma
El propósito es resolver la crisis de desapariciones en México, con alrededor de 125 mil casos.
La legisladora federal Fuensanta Guerrero presentó una iniciativa para reformar diversos artículos de la Ley Federal de Declaración Especial de Ausencia para Personas Desaparecidas y la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y el Sistema Nacional de Búsqueda de Personas.
Sería mediante la atención pronta y expedita de los casos denunciados y ofreciendo a las colectivas de buscadoras las herramientas y facilidades para encontrar a sus seres queridos.
La priista zacatecana también pide que para establecer la presunción de un delito se consideren los criterios de menor de 18 años, mujer, persona con discapacidad o adulta mayor; y originaria de alguna comunidad indígena, afromexicana o LGBTTTIQ+. También propone que los protocolos de búsqueda, según el caso, se realicen con perspectiva de género, niñez, juventud y derechos humanos.
Específicamente en la Ley Federal de Declaración Especial de Ausencia para Personas Desaparecidas la zacatecana pide cambios en cuatro apartados. En los Artículos 1 y 4 se solicita disminuir de 6 meses a 90 días el plazo para la emisión de la declaración especial de ausencia a partir del inicio del procedimiento.
En el Artículo 8 reduce de 3 meses a 30 días el tiempo para solicitar la declaración especial de ausencia luego de la denuncia de desaparición correspondiente; y en el Artículo 16, acorta de 15 a 3 días hábiles el periodo para que el órgano jurisdiccional dicte las medidas provisionales y cautelares, esto a partir de que la solicitud haya sido presentada.
Así mismo, la también Secretaria de la Mesa Directiva de la 66 Legislatura de la Cámara de Diputados propuso modificar y/o adicionar los artículos 24, 67, 70, 82, 86, 89, 99 y 100 de la Ley General en materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda, en materia de Protocolos ante la Desaparición de Personas.
La integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional (GPPRI) en la Cámara de Diputados señala que entre los cambios se establece un plazo no mayor a tres días hábiles para que el Ministerio Público realice la remisión de la investigación; además, le finca responsabilidad y sanciones en caso de que haya indicios claros de retrasos u omisiones de su parte.
« El Universal »