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Prevén congelar edad de jubilación en el ISSSTE

Prevén congelar edad de jubilación en el ISSSTE
El decreto tiene un impacto directo en la calidad de vida de los trabajadores que se acercan a la jubilación.

Publicación:03-04-2025
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El decreto tiene un impacto directo en la calidad de vida de los trabajadores que se acercan a la jubilación.

La presidenta Claudia Sheinbaum Pardo envió este miércoles a la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer) el anteproyecto de decreto para congelar la edad de jubilación de los trabajadores afiliados al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE). 

En el anteproyecto enviado para su revisión se detalla que la edad mínima de jubilación para trabajadoras será de 56 y 58 años para trabajadores. 

Entre la justificación para este decreto se indica que es necesario establecer disposiciones que permitan eliminar el incremento progresivo de la edad de jubilación, lo cual es acorde con la Recomendación 162 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). 

La OIT propone a los estados adoptar medidas para flexibilizar la edad y las prestaciones de vejez, de acuerdo con las actividades desempeñadas y la capacidad de las personas de edad avanzada, teniendo también en cuenta factores demográficos, económicos y sociales.

"Atendiendo a los principios pro persona y de progresividad de los derechos humanos, y a efecto de salvaguardar el derecho a una pensión por jubilación digna he tenido a bien expedir el siguiente decreto", se indica. 

En este contexto, la propuesta de la presidenta busca garantizar una jubilación justa y equitativa para los trabajadores del estado, considerando tanto la realidad laboral como las condiciones físicas de los empleados al llegar a la etapa de retiro. 

La reforma no solo se enfoca en la protección de los derechos laborales, sino también en asegurar la sostenibilidad económica del sistema de pensiones del ISSSTE. 

El decreto tiene un impacto directo en la calidad de vida de los trabajadores que se acercan a la jubilación, pues, al establecer edades mínimas definidas, se prevé una mayor previsibilidad en sus planes de retiro.

El documento advierte que las erogaciones que se generen con motivo de la entrada en vigor de este decreto se cubrirán con gasto al presupuesto aprobado al ISSSTE, por lo que no se destinarán recursos adicionales.

Además, dentro de un plazo no mayor a 90 días hábiles, contados a partir de la entrada en vigor de este decreto, el ISSSTE deberá realizar las modificaciones conducentes en su normativa interna, para dar cumplimiento al decreto. Se detalla que el decreto entrará en vigor al día hábil siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF). 

 



« Redacción »