Opinión Editorial
¿Vamos hacia una ruptura del orden constitucional?
Publicación:03-11-2024
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Estos días estamos peligrosamente enfilados hacia una ruptura del orden constitucional que podría generarle al país una inestabilidad política
Estos días estamos peligrosamente enfilados hacia una ruptura del orden constitucional que podría generarle al país una inestabilidad política y socioeconómica de tamaño y profundidad impredecibles.
De un lado tenemos la reforma constitucional del Poder Judicial promulgada y en vigor desde el pasado 16 de septiembre, con sus leyes reglamentarias y una enmienda (la de supremacía constitucional), aprobada y vigente desde el viernes pasado, que la blinda de impugnaciones de la Corte vía amparos, controversias constitucionales y/o juicios de constitucionalidad.
Del otro lado tenemos -como el eslabón más reciente de una cadena de suspensiones de amparo no acatadas ni por el Congreso ni por la Presidencia de la República con el argumento de que han sido ilegales (artículo 61 de la Ley de Amparo)-, un proyecto de sentencia del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá que valida parte de esa reforma (la de la elección popular de ministros de la Corte, magistrados del Tribunal Electoral y magistrados del nuevo tribunal de Disciplina Judicial), pero invalida otra parte (la de la elección popular de jueces federales y magistrados, con los argumentos de que el máximo tribunal si está facultado para revisar reformas constitucionales presuntamente violatorias de los derechos humanos y textos de la Carta Magna que son a la vez normas generales) (¿?).
Si la Corte no acepta la solicitud que, derivada de la enmienda de supremacía constitucional, le hizo el Senado el viernes pasado para dejar sin efecto los juicios de amparo, controversias y demás recursos jurídicos tramitados (lo que algunos especialistas consideran intransitable por el principio de no retroactividad de las leyes, aunque el artículo segundo transitorio del decreto correspondiente establece que los asuntos en trámite deben resolverse conforme a lo establecido el mismo), el pleno de la Corte votará el próximo martes el proyecto de sentencia de González Alcántara Carrancá.
Por los posicionamientos de ocho de los once ministros de la Corte en funciones, el proyecto de invalidación parcial será aprobado, aunque no es del todo descartable el voto en contra de una o uno de esos ministros que se sume al de las tres alineadas con la 4T e impida la mayoría calificada necesaria para la aprobación.
Si la Corte no invalida o bien invalida y Ejecutivo y Legislativo acatan, las aguas regresarían a su nivel. Pero si invalida y legisladores y Presidenta no acatan, como parece que ocurrirá, se estaría configurando la ruptura del orden constitucional. Para decirlo en términos simples: tendríamos dos preceptos constitucionales diferentes en cuanto al Poder Judicial.
En el segundo escenario, la Corte bien podría alegar desacato y ordenar la destitución y hasta el encausamiento penal de la presidenta Sheinbaum y de los integrantes de las mayorías calificadas del Congreso. Éstos, a su vez, podrían emprender juicios políticos contra los ministros de la Corte en funciones que invalidaron una reforma constitucional.
¿Quién tendría la última palabra en esta peligrosa escalada mientras que los mercados se sacuden en la incertidumbre y la polarización política atiza el fuego de la inestabilidad social?
Y esto es tan sólo una expresión de lo que en el fondo se dirime: el modelo de Estado que queremos los mexicanos y sus élites para las próximas décadas, agotado como está el pactado después de una revolución armada en la Constitución de 1917, a la que a lo largo de 107 años de vida se le han hecho 260 reformas para ajustarla a la realidad de los tiempos.
« Raúl Rodríguez Cortés »
