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    EDICTO DE REMATE

    Fecha de publicación:01-10-2026

    PRIMERA ALMONEDA Juzgado Octavo de Jurisdicción Concurrente del Primer Distrito Judicial del Estado de Nuevo León, México. Dirección: Centro de Justicia Civil y Mercantil, calle Matamoros número 347, esquina con Avenida Pino Suarez, Zona Centro, Monterrey, Nuevo León. Expediente judicial número 1000/2021. Juicio Ejecutivo Mercantil. Actor: Uriel Alejandro Neave García, en su carácter de endosatario en procuración de Pedro Gamaliel Ceballos Flores Demandada: Martha Lucia Núñez Galván. Fecha del remate: 12:00 doce horas, del día 26 veintiséis de octubre del año 2026 dos mil veintiséis. Respecto del 50% cincuenta por ciento del bien inmueble embargado en autos a la demandada Martha Lucia Núñez Galván, consistente en: Lote de terreno marcado con el numero (11) once, de la manzana numero (248) doscientos cuarenta y ocho, con una superficie total de (119.00 M2) ciento diecinueve metros cuadrados, ubicado en Fomerrey numero (156) ciento cincuenta y seis, Conchita Velazco de Zorrilla (3°) tercer sector, en el municipio de Ciénega de Flores, Nuevo León. El cual tiene las siguientes medidas y colindancias: al Noroeste mide (17.00) diecisiete metros y colinda con el lote numero (10) diez; al Sureste mide (17.00) diecisiete metros y colinda con el lote número (12) doce; al Noroeste mide (7.00) siete metros, y colinda con calle Dr. Ignacio Morónes Prieto y al Suroeste mide (7.00) siete metros y colinda con lotes (17) diecisiete y (18) dieciocho. La manzana se encuentra circundada por las siguientes calles: al Noroeste colinda cor. calle Gral. Pablo A. de la Garza; al Sureste colinda con calle Lic. Eduardo Livas Villarreal; al Noreste colinda con la calle Dr. Ignacio Morones Prieto y al Suroeste colinda con calle Gral. Porfirio González. Teniendo como mejoras la finca marcada con el numero (213) doscientos trece, de la calle doctor Ignacio Morones Prieto, colonia Fomerrey numero (156) ciento cincuenta y seis, Conchita Velazco de Zorrilla (3°) tercer sector, en el municipio de Ciénega de Flores, Nuevo León. Cuyos datos de registro son: Inscripción bajo número 125, Volumen 74, Libro 5, Sección I Propiedad, Unidad Ciénega de Flores, Nuevo León, de fecha 14 de mayo del 2019. Base del remate (valor avalúo): $810,575.00 (ochocientos diez mil quinientos setenta y cinco pesos 00/100 moneda nacional), el cual representa el valor pericial del avalúo rendido en autos. Postura Legal: $270,191.66 (doscientos setenta mil ciento noventa y un pesos 66/100 moneda nacional), que corresponde a las dos terceras partes del avalúo rendido por el perito valuador de la parte actora dentro del presente juicio, menos el 50 % cincuenta por ciento. Así las cosas, convóquese a los postores a la citada audiencia mediante edictos que deberán publicarse 2 dos veces en el periódico "EL Norte", o "Milenio Diario", o "El Porvenir", o "El Horizonte" -a elección del actor-. Con la aclaración de que entre la primera y la segunda publicación, deberá mediar un lapso de nueve días. En la inteligencia de que entre la última publicación y la fecha del remate deberá mediar un plazo no menor de cinco días. Asimismo, se hace del conocimiento que aquellas personas que deseen intervenir como postores al remate deberán consignar mediante Certificado de Depósito expedido por la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado, el 10% (diez por ciento) de la suma que sirve como valor total del avalúo rendido en autos, sin cuyos requisitos no serán admitidos en dicha subasta, acorde con los dispositivos 482, 483, 484 y demás relativos del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la legislación mercantil. De la misma forma, se previene a la parte actora ejecutante para que publique los edictos en el periódico que elija en forma "legible" a fin de que el lector común se imponga de los mismos. Para lo cual -a titulo de ejemplo, más no limitativo- se le informa que puede usar de preferencia los siguientes números de letras: El Norte 9.7, El Porvenir 7 y el Horizonte 5.5. Quedando apercibido el actor ejecutante de que en caso de que sean ilegibles a simple vista, la publicación de los edictos quedará sin valor probatorio, toda vez que imposibilitaría al juzgador para examinar su contenido real, circunstancia esta de suma importancia al ser trascendental para los efectos de hacer publicidad al remate, en especial a los postores; lo anterior con fundamento en los artículos 197, 202 y 203 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria al Código de Comercio. Monterrey, Nuevo León, México, a 29 veintinueve de Septiembre del año 2026 dos mil veintiséis. LICENCIADA SONIA MARICELA ALCÁNTAR HERRERA. CIUDADANA SECRETARIO ADSCRITA AL JUGADO OCTAVO DE JURISDICCIÓN CONCURRENTE DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN. (1 y 16)

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