Fecha de publicación:10-12-2025
Juzgado Segundo de Jurisdicción Concurrente del Primer Distrito Judicial del Estado. Ubicación: Centro de Justicia Civil y Mercantil, Avenida Pino Suárez Sur, número 602, Centro en Monterrey, Nuevo León. Datos de expediente: Expediente 1406/2018, juicio ejecutivo mercantil, promovido por Anabel Fragoso Gutiérrez, en su carácter de endosataria en procuración de Automotriz El Toreo, Sociedad Anónima de Capital Variable, en contra de María de los Ángeles Hernández Pedraza. Remate en pública subasta y primera almoneda del 50% por ciento de los derechos de la demandada María de los Ángeles Hernández Pedraza del bien inmueble embargado en autos. Fecha de remate: 11:00 once horas del día 13 trece de enero de 2026 dos mil veintiséis. Bien a rematar (únicamente el 50% por ciento): EL C. LIC. EDUARDO ADRIAN SILVA ZERMEÑO OCTAVO REGISTRADOR PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO EN EL PRIMER DISTRITO REGISTRAL CON RESIDENCIA EN MONTERREY, NUEVO LEÓN. Certifica que la propiedad inscrita a favor de: JUAN ANGEL CRUZ VAZQUEZ Y MARIA DE LOS ANGELES HERNÁNDEZ. Bajo el Número 3037, Volumen 98, Libro 122, Sección I Propiedad, con fecha 08 de Diciembre de 2008 de la Unidad San Nicolás, Nuevo León. Reporta el (los) gravamen(es) que se anotan al final de la transcripción de su inscripción. LA FINCA MARCADA CON EL NÚMERO (302) TRESCIENTOS DOS, DE LA CALLE CHIMBORAZO, DE LA COLONIA PRANCISCO G. SADA JURISDICCIÓN DE SAN NICOLAS DE LOS GARZA, NUEVO LEÓN, Y TERRENO SOBRE EL CUAL SE ENCUENTRA CONSTRUIDA QUE SEGÚN PLANO APROBADO POR PLANIFICACIÓN ES EL LOTE DE TERRENO MARCADO CON EL NÚMERO 1 UNO DE LA MANZANA NUMERO 35 TREINTAY CINCO, CON SUPERFICE DE (130.00 M) CIENTO TREINTA METROS CUADRADOS, Y LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y COLINDANCIAS: (13.00) TRECE METROS AL NORTE A DAR FRENTE A LA CALLE CHIMBORAZO; (13.00) TRECE METROS AL SUR A LINDAR CON RESTO DEL LOTE NÚMERO 1; (10.00) DIEZ METROS AL ORIENTEA LINDAR CON ELLOTE NÚMERO 2 DOS Y (10.00) DIEZ METROSALPONIENTEADARFRENTE ALA CALLE MONTE EVEREST. DICHO LOTE SE ENCUENTRA EN LA MANZANA CIRCUNDADA POR LAS CALLES DE MONTE CHIMBORAZO AL NORTE; MONTE KENYA AL SUR, MONTE CARPATOS AL ORIENTE Y MONTE EVEREST AL PONENTE. Embargo fecha 17/05/2019 Exp. N° 1406/2018 del Juzgado Juez Segundo de Jurisdicción Concurrente de fecha 12 de Marzo del 2019 y recibido en esta oficina el 15 de Mayo del 2019 a las 8:39:23 AM hrs, Se embargan los derechos que sobre la presente Inscripción le correspondan a la C. MARIA DE LOS ANGELES HERNANDEZ PEDRAZA, por un valor de $209,400.00 M.N., EN JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL PROMOVIDO POR ANABEL FRAGOSO GUTIERREZ EN SU CARÁCTER DE ENDOSATARIO EN PROCURACIÓN DE AUTOMOTRIZ EL TOREO, S.A. DE C.V., Véase Volumen 88, Libro 16, Inscripción 393, Unidad San Nicolás, Sección II Gravamen. Sirviendo de base para el remate del bien raíz citado con antelación la cantidad de $980,000.00 (novecientos ochenta mil pesos 00/100 moneda nacional) sin embargo, se tomará como valor el del 50% cincuenta por ciento, es decir, $490,000.00 (cuatrocientos noventa mil pesos 00/100 moneda nacional), y será postura legal para intervenir en la Audiencia de Remate, la cantidad de $326,666.66 (trescientos veintiséis seiscientos sesenta y seis pesos 66/100 moneda nacional), que representa las dos terceras partes de la cantidad en comento. Por lo que convóquese a postores por medio de edictos, los cuales deberán publicarse 2 dos veces, en un periódico de circulación amplia de esta entidad federativa, por ejemplo; el periódico "El Norte", "Milenio" o "El Porvenir" que se edita en esta Ciudad, a elección del accionante, haciéndose saber que entre la primera y la segunda deberá mediar un lapso de 9 nueve días y entre la última publicación de éstos y la fecha del remate deberá mediar un plazo no menor de 5 cinco días, lo anterior de conformidad con el numeral 1411 del Código de Comercio. Asimismo, se hace del conocimiento que aquellas personas que deseen intervenir como postores al multicitado remate deberán consignar mediante certificado de depósito expedido por la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado, el 10% (diez por ciento) de la suma que sirve como valor total de los avalúos rendidos por los peritos en juicio, sin cuyos requisitos no serán admitidos en dicha subasta, acorde con los dispositivos 482, 483, 484 y demás relativos del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente al Código de Comercio, y que además dichos postores deberán cumplir con los requisitos establecidos por el articulo 481 de la referida codificación procesal, supletoria al Código de Comercio. LICENCIADO MAURICIO LEAL ESPINOSA SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO SEGUNDO DE JURISDICCIÓN CONCURRENTE DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL DEL ESTADO (26 y 10)
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