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    EDICTO

    Fecha de publicación:23-09-2026

    AL CIUDADANO CARLOS ALBERTO HERNÁNDEZ ÁLVAREZ. Domicilio ignorado. En fecha 27 veintisiete de abril de 2026 dos mil veintiséis, dentro de este Juzgado Cuarto de Juicio Familiar Oral del Segundo Distrito Judicial en el Estado bajo el expediente judicial número 503/2026, relativo al Procedimiento oral sobre divorcio incausado promovido por Ernestina Villarreal Elizondo, en contra de Carlos Alberto Hernández Álvarez, ordenándose el emplazamiento de la parte demandada Carlos Alberto Hernández Álvarez a través de edictos ordenados por medio del auto de fecha 08 ocho de septiembre de 2026 dos mil veintiséis, los cuales se deberán publicarán por 3 tres veces consecutivas en el Periódico Oficial del Estado, el Periódico "El Porvenir" y Boletín Judicial, a fin de dar cabal cumplimiento a lo ordenado por este tribunal mediante auto de fecha 24 veinticuatro de junio de 2026 dos mil veintiséis, quedando a su disposición en la Secretaria de la Coordinación de Gestión Judicial de los Juzgados de Juicio Familiar Oral del Segundo Distrito del Estado, las copias de traslado correspondientes, a fin de que se imponga de las mismas, para que dentro del término de 09 nueve días comparezca ante este tribunal a dar contestación por escrito, conforme lo establece el artículo 1109 del Compendio Adjetivo Civil, contados a partir de que surta efectos la notificación ordenada en el presente auto; así también, para que en dicho término señale domicilio para oír y recibir notificaciones en cualquiera de los municipios de Apodaca, General Escobedo, Guadalupe, Monterrey, San Nicolás de los Garza, San Pedro Garza García y Santa Catarina. Con el apercibimiento de que en caso de no hacerlo así, las notificaciones personales que no se le practiquen en audiencias que se verifiquen en el presente trámite se le harán por medio de la tabla de avisos que se lleva en este tribunal, de conformidad con el numeral 68 de la codificación adjetiva en comento. En la inteligencia de que la notificación hecha de esta manera surtirá sus efectos a los 10 diez días contados a partir del siguiente al de la última publicación, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por el numeral 73 del Código de Procedimientos Civiles. Guadalupe, Nuevo León, a 14 catorce de septiembre de 2026 dos mil veintiséis. LICENCIADA MIRIAM VERÓNICA PÉREZ VILLALOBOS. LA C. SECRETARIO ADSCRITA A LA COORDINACIÓN DE GESTIÓN JUDICIAL DE LOS JUZGADOS DE JUICIO FAMILIAR ORAL DEL PODER JUDICIAL EN EL ESTADO. (21, 22 y 23)

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