Fecha de publicación:26-02-2026
Al ciudadano Alfonso Mauro González Gutiérrez. Ubicación Desconocida. Con fecha siete de agosto de dos mil veinticinco, se admitió a trámite en este Juzgado Sexto de Juicio Familiar Oral del Primer Distrito Judicial del Estado, el procedimiento oral sobre divorcio incausado, deducido del expediente judicial 442/2025 promovido por la ciudadana Andrea Plancarte González en contra de Alfonso Mauro González Gutiérrez. Igualmente, en diverso auto de fecha veintiocho de enero de dos mil veintiséis, se ordenó por esta autoridad, que la notificación personal (emplazamiento) establecida dentro del auto antes mencionado, se realice por medio de edictos que se publicarán por tres veces consecutivas en el Periódico Oficial del Estado, Boletín Judicial y Periódico El Porvenir los cuales se editan en esta Entidad, a fin de que dentro del término de nueve días contados a partir del siguiente en que quede notificado, ocurra ante este Tribunal por escrito, a formular su contestación debiendo hacer valer las excepciones de su intención si las tuviere. Aclaración hecha de que la notificación realizada así surtirá sus efectos a los 10 diez días contados desde el siguiente al de la última publicación del edicto que se ordena, quedando en la Secretaría del Juzgado a disposición de la parte demandada, las copias simples demanda promovida en su contra, así como los documentos acompañados en la misma, debidamente sellados y requisitados por la Secretaría de este Honorable Juzgado para su debida instrucción. Por otra parte, acorde con lo preceptuado por el artículo 68 del Código Adjetivo Civil, se previene al demandado a fin de que señale domicilio para el efecto de oír y recibir notificaciones en cualquiera de los municipios de Apodaca, General Escobedo, Monterrey, San Nicolás de los Garza y Santa Catarina, Nuevo León, apercibido de que no hacerlo las subsecuentes notificaciones de carácter personal se le harán por medio de los estrados de éste Juzgado. Doy Fe. Monterrey, Nuevo León, 18 de febrero de 2026 dos mil veintiséis. LICENCIADA LESLIE VIRIDIANA ESTRADA TORRES. SECRETARIO DEL JUZGADO SEXTO DE JUICIO FAMILIAR ORAL DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL EN EL ESTADO. (25, 26 y 27)
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