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    EDICTO

    Fecha de publicación:03-03-2026

    Se señalan las doce horas del veinticuatro de marzo de dos mil veintiséis, a fin de que tenga verificativo en el local de este Juzgado Segundo de lo Civil del Primer Distrito Judicial en el Estado, dentro de los autos del expediente judicial 1219/1994, relativo al juicio ejecutivo mercantil, promovido por José Wilfredo Hernández López, apoderado legal de Administradora Cade, Sociedad Anónima de Capital Variable en contra de Anibal Elizondo Chapa y María Teresa Treviño Leal (por auto del trece de febrero del año en curso, consecutivo 625), el remate en pública subasta y Primera Almoneda de los derechos correspondientes de la parte demandada, del bien Inmueble embargado en autos, el cual se describe a continuación: Lote de terreno marcado con el número (4) cuatro, de la manzana número (123) ciento veintitrés, del Fraccionamiento Jardines de Santa Clara, Municipio de Guadalupe, Nuevo León, con una superficie total de 265.76 m2 (doscientos sesenta y cinco metros setenta y seis decímetros cuadrados), con las siguientes medidas y colindancias: al norte mide 17.15 (diecisiete metros quince centímetros), y colinda con lote número 3; al sur mide 17.00 (diecisiete metros), y colinda con la calle San Fernando; al oriente mide 16.00 (dieciséis metros), y colinda con Lic. Arturo B. de la Garza; y al Poniente mide 16.00 (dieciséis metros) y colinda con privada Santa Teresa. Dicha manzana se encuentra circundada por las siguientes calles: al Norte con la calle Sofia, al Sur con calle San Femando; al Oriente con Lic. Arturo B. de la Garza; y al Poniente con Privada Santa Teresa. Dicho inmueble tiene como mejora la finca marcada con el número 306 de la calle Santa Teresa, del citado fraccionamiento y municipio. En la inteligencia de que los datos de registro de dicho bien son: número 2271, Volumen 97, Libro 47, Sección I Propiedad, Unidad Guadalupe, de fecha 18 de marzo de 1993. En consecuencia, convóquese a postores publicándose edictos por 3 tres veces dentro de 9 nueve días, en el boletín judicial, en la tabla de avisos de este juzgado, así como en uno de los periódicos de los de mayor circulación, quedando a elección del interesado esto último, el hacer la publicación en el diario El Porvenir, en el periódico El Norte o en el periódico Milenio Diario de Monterrey. Debiendo para ello publicarse el primero de los edictos el primer día de dicho término, el tercero de ellos al último día y el segundo en cualquier tiempo del citado plazo. Siendo el valor del inmueble la cantidad de $2'489,500.00 (dos millones cuatrocientos ochenta y nueve mil quinientos pesos 00/100 moneda nacional). Por lo tanto, en lo que respecta a la postura legal fijada para dicho bien, siendo la cantidad de $1'659,666.66 (un millón seiscientos cincuenta y nueve mil seiscientos sesenta y seis pesos 66/100 moneda nacional), la cual corresponde a las dos terceras partes del valor del bien inmueble a rematar obtenido de mediar los peritajes rendidos en autos, a fin de que surtan los efectos legales a los que haya lugar, lo anterior en términos del artículo 534 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Nuevo León, aplicado supletoriamente a la legislación mercantil. Así mismo es de hacerse del conocimiento, de que aquellas personas que deseen intervenir como postores al multicitado remate deberán consignar el 10% diez por ciento del valor del bien que sirve como base para el remate en base al avalúo ya señalado, mediante billete de depósito que deberá ser expedido por la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado, sin cuyo requisito no serán admitidos en dicha subasta, la cual se devolverá a sus respectivos dueños acto continuo al remate, excepto la que corresponda al mejor postor, la cual se reservará en depósito como garantía del cumplimiento de su obligación, y en su caso, como parte del precio de la venta, lo que antecede de conformidad con lo dispuesto por los artículos 55, 527, 533, 534, 535, 536 y demás relativos del Código de Procedimientos Civiles para el Estado, aplicado supletoriamente a la legislación mercantil. En la inteligencia, de que se recomienda a los postores por cuestiones de logística, que preferentemente cualquier documento que deseen o deban presentar en relación a la audiencia (tales como documento con el que justifiquen su personalidad, certificados de depósito o cualquiera otra constancia), sean allegados físicamente con 3 tres días de anticipación a la celebración de la misma; lo anterior sin perjuicio de lo establecido en el numeral 540 del ordenamiento procesal civil en vigor. Así mismo, al acudir a la sala asignada a este Juzgado ubicado en (Edificio Benavides, Mezzanine, calle Matamoros número 347, esquina con Pino Suárez, en el Centro de Monterrey, Nuevo León) el día y hora señalado para la audiencia de remate. También, infórmese a las partes y/o interesados que deberán proporcionar los números de teléfono celular y correo electrónico que servirán para el enlace virtual, al correo oficial de este juzgado: civil2@pjenl.gob.mx, donde podrán ser atendidas las dudas o aclaraciones que resulten; a su vez, podrán comunicarse con la secretaria de este juzgado en el número telefónico 20-20- 61-45 y 20-20-23-97, 8:30 ocho horas con treinta minutos a las 16:00 dieciséis horas, de lunes a viernes. Autorizando que el desahogo de la audiencia referida se realice a distancia, esto es que se interactúe con los interesados a través de videoconferencia, habilitándose el uso de las herramientas tecnológicas necesarias para tal fin, ello en términos de lo previsto en los artículos 1, 2, 5, 6 y 7 del Acuerdo General Conjunto número 1/2024-II de los Plenos del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Estado de Nuevo León. Ahora, para el desahogo de la audiencia por medio de videoconferencia, es de advertirse que los participantes deberán descargar en su aparato celular o computadora la aplicación gratuita denominada Microsoft Teams, misma a través de la cual se llevaría dicho trámite, toda vez que es la aplicación que oficialmente ha habilitado el Poder Judicial del Estado para comunicación entre sus empleados y para este tipo de videoconferencias con los usuarios (con estos últimos durante la citada pandemia que existe actualmente). ISAAC TIJERINA ALVIZO C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL (3, 9, 13)

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