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    Número de Edicto 150860

    Fecha de publicación:08-04-2026

    A: Jesús Francisco Hernández López Domicilio: Ignorado. En fecha 26 veintiséis de mayo del año 2025 dos mil veinticinco, se admitió a trámite por la Juez Tercero de Juicio Familiar Oral del Tercer Distrito Judicial en el Estado, bajo expediente judicial número 1384/2021, relativo al procedimiento oral sobre divorcio incausado, promovido por Judith Margarita Gómez Morales en contra de Jesús Francisco Hernández López un Incidente Sobre Liquidación de Sociedad Conyugal. Luego, en la fecha antes mencionada, se ordenó emplazar a la parte demandada incidental para que dentro del término de 3 tres días, acudiera al local de dicho Juzgado a producir su contestación y a oponer las excepciones y defensas de su intención si las tuviere. Ahora bien, a través del proveído dictado en fecha 26 veintiséis de febrero del año 2026 dos mil veintiséis, se ordenó emplazar al aludido demandado incidental Jesús Francisco Hernández López por medio de edictos que se publicarán por tres veces consecutivas tanto en el Periódico Oficial del Estado, en el Boletín Judicial, y en alguno de los periódicos de mayor circulación en el Estado, a fin de que dentro del término 9 nueve días acuda al local de este Juzgado a producir su contestación, y a oponer las excepciones de su intención si para ello tuviere que hacer valer. Aclaración hecha de que la notificación realizada en esta forma empieza a surtir sus efectos a los 10-diez días contados desde el día siguiente al de la última publicación, quedando en la Secretaria de la Coordinación de Gestión Judicial Familiar Oral de este Distrito Judicial a disposición de la parte demandada, las copias de traslado de la demanda y documentos acompañados para su debida instrucción. Finalmente, acorde con lo preceptuado por el artículo 68 del Código de Procedimientos Civiles del Estado, prevéngase a la parte demandada a fin de que señale domicilio para el efecto de oír y recibir notificaciones, dentro de los municipios a que alude el numeral citado con antelación, apercibido de que en caso de no hacerlo así las subsecuentes notificaciones de carácter personal se le harán por medio de los estrados de este Juzgado. ULISES AXEL ARENAS DURAN C. SECRETARIO ADSCRITO A LA COORDINACIÓN DE GESTIÓN JUDICIAL DE LOS JUZGADOS DE JUICIO FAMILIAR ORAL (7, 8 y 9)

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