Fecha de publicación:23-09-2026
A la persona moral Bienes Raíces y Derivados, Sociedad Anónima de Capital Variable, con domicilio ignorado. En fecha veintiuno de noviembre de dos mil veinticinco, se admitió en este Juzgado Cuarto de lo Civil del Primer Distrito Judicial del Estado, con el expediente judicial número 788/2025, relativo al juicio ordinario civil, promovido por Benjamín Jasso González, en contra de Bienes Raíces y Derivados, Sociedad Anónima de Capital Variable, donde se le reclama literalmente lo siguiente: Prestaciones Principales: El otorgamiento de la escritura y formalización del contrato de compraventa privado, que celebró el suscrito con el ahora demandado, respecto del 100% (cien por ciento) que le corresponde al demandado, respecto del siguiente bien inmueble: "#455, Vol. 40, Lib. 5, Aux Monterrey, N.L. a 26 de Mayo de 1999 por Acta f.p. # 41,406-1999 del NP #37 Lic. Gustavo Nelson Carrillo Rodríguez. Se aclara que en el presente plano se omitieron los nombres de las calles que circundan el oriente y poniente las cuales son: Calle Orquídea que colinda con las manzanas 341, 342, y 343 hacia el lado Norte y con las manzanas 344, 345 y 346 hacia el lado Sur, calle del Granado que colinda con las manzanas 347, 348 y 349 hacia el lado norte y con las manzanas 229, 330 y 331 hacia el lado Sur. Ver 455, Vol. 90 L.5 Aux. #653, Vol. 42, Lib. 7, Aux Monterrey, N.L. a 22 de Mzo 2000 Acta fuera de protocolo #44,056 00 escriturado ante not 37 Lic. Gustavo Nelson Carrillo se inscribió en margen 347 y 349 del fracc. Fresnos X ver copia y plano foja el # 653 Vol. 42 Lib. 7 Secc. Aux. conste. Lote Numero 22, de la Manzana 349 que circundan las calles de Avenida del Milagro, al norte; del Granado al sur; Camino Real Mezquital Santa Rosa, al oriente; Cenegal, al poniente; tiene una superficie total de 176.64 metros cuadrados, y las siguientes medidas y colindancias: Al Norte mide 11.85 metros, y colinda con lote número 21 y lote 49 de la misma manzana; Al Sur mide 5.48 metros, por donde da frente a la calle Granado; Al Oriente mide 16.00 metros por donde da frente al Camino Real Mezquital Santa Rosa; Al Poniente mide 18.00 metros y colinda con el lote 23 de la misma manzana; y Al Sureste, en línea curva, colinda con la esquina que forman las calles Camino Real Mezquital Santa Rosa y la calle Del Granado. Datos del Fraccionamiento No. 171, Vol. 64, Libro 22, de fecha 24 de marzo de 1999, Unidad: Apodaca. Para medidas y colindancias ver No. 26, Vol. 44, Libro 1, de fecha 11 de enero de 2001, Sección Auxiliar, Unidad: Apodaca. La formalización en escritura pública del contrato de compraventa privado que celebró el suscrito con el demandado, sobre el 100% (cien por ciento) que le corresponde al demandado, como se expresó en el punto inmediato anterior, y en caso de que se niegue a firmar la escritura, el otorgamiento en rebeldía, por ese H. Juzgado en sustitución del demandado; a). La inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, de la escritura pública expedida a nombre del comprador, donde conste el contrato de compraventa privado celebrado entre el suscrito con Bienes Raíces y Derivados, S.A. de C.V., como queda acreditado con el contrato que se adjunta a esta demanda, fusionándose el derecho de propiedad total con el 100% (cien por ciento) que le corresponde al demandante respecto del inmueble que ya fue precisado en incisos anteriores. b). - El pago de los gastos y costas que se originen con motivo de la tramitación del presente procedimiento judicial. Por otro lado, mediante auto con fecha de publicación del ocho de abril de dos mil veintiséis, se ordenó emplazar a la parte demandada Bienes Raíces y Derivados, Sociedad Anónima de Capital Variable, por medio de edictos que deberán de publicarse por tres veces consecutivas en el Periódico Oficial del Estado, en el Boletín Judicial, así como en cualquiera de los periódicos El Norte, El Porvenir, Milenio Diario o Periódico ABC, a elección de la parte actora, a fin de que dentro del término de 9 nueve días produzca su contestación. Quedando a su disposición en este juzgado la correspondiente copia de traslado de la demanda y los documentos anexados a ella: Contrato privado de compraventa; Certificado de libertad de gravámenes; 7 siete recibos de diversas cantidades; Escrito de fecha 22 veintidós de marzo de 2001 dos mil uno; Pagaré por $42,810.00; Pagaré por $45,000.00; Pagaré por $10,000.00; Copia certificada de acta fuera de protocolo 46,526/2000; 7 siete recibos de pago de impuesto predial; Copia simple de pago de impuesto predial; Escrito de fecha de recepción 25 veinticinco de julio de 2023 dos mil veintitrés; Oficio 26316/DJ/2025; y Copia certificada del Instituto Registral y Catastral del Estado de Nuevo León. En la inteligencia que el emplazamiento hecho de esta manera surtirá sus efectos diez días después contados desde el siguiente de la última publicación, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por el artículo 73 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León. Así mismo, prevéngaseles a Bienes Raíces y Derivados, Sociedad Anónima de Capital Variable, para que dentro del término concedido para contestar la demanda, señale domicilio para los efectos de oír y recibir notificaciones en cualquiera de los municipios de Apodaca, General Escobedo, Guadalupe, Monterrey, San Nicolás de los Garza, San Pedro Garza García y Santa Catarina, Nuevo León, con el apercibimiento que en caso de no hacerlo así, las subsecuentes notificaciones, las pendientes y de carácter personal, se le harán por medio de instructivo que para tal efecto se fijará en la tabla de avisos de este juzgado, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por el artículo 68 del código citado. OZIEL ADRIAN OVALLE REYES C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL (23, 24 y 25)
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