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    Número de Edicto 151800

    Fecha de publicación:26-05-2026

    Jaime Oziel Salcedo Martínez, domicilio ignorado. En fecha diez de octubre de dos mil veinticuatro, se admitió a trámite el expediente judicial número 2436/2024, tramitado ante este Juzgado Segundo de lo Civil del Primer Distrito Judicial del Estado, relativo al juicio ordinario civil, promovido por David Ernesto Frías Sánchez, apoderado general para pleitos y cobranzas de Miguel Ángel Villarreal Alarcón y de Rosa de Guadalupe Villarreal Alarcón en contra de Andrés Policarpo Campos Linares; Jaime Oziel Salcedo Martínez; del licenciado Manuel José Peña Doria, Notario Público número 7 del Tercer Distrito Registral en el Estado, con ejercicio en Linares, Nuevo León; y del licenciado Carlos Hinojosa Cantú, Notario Público número 71 con ejercicio en el Primer Distrito Judicial en el Estado, con ejercicio en Ciudad Victoria Tamaulipas, al haberse realizado la búsqueda de la parte demandada en cita, no fue posible localizar su domicilio, por lo que mediante auto de fecha once de mayo de dos mil veintiséis, se ordenó emplazar a la parte demandada Jaime Oziel Salcedo Martínez, por medio de edictos, los cuales deberán publicarse por 03 tres veces consecutivas en el Periódico Oficial del Estado, en cualquiera de los periódicos ABC, El Porvenir, El Norte o Milenio que se editan en esta Ciudad a elección del actor, publicación que igualmente se hará por medio del Boletín Judicial, a fin de que dentro del término de 09 nueve días ocurra a producir su contestación en la cual se reclama la nulidad de la escritura pública número 7,258 siete mil doscientos cincuenta y ocho, de fecha veintitrés de julio de dos mil veintitrés, que contiene el contrato de compraventa de bien inmueble celebrado entre Miguel Ángel Villarreal Alarcón y Rosa de Guadalupe Villarreal Alarcón, representados por Andrés Policarpo Campos Linares en su calidad de parte vendedora, y Jaime Oziel Salcedo Martínez, como comprador, así como la nulidad del instrumento público número 6,407 seis mil cuatrocientos siete, de fecha treinta y uno de julio de dos mil veinte, el cual contiene el otorgamiento del poder general para pleitos y cobranzas, poder general para actos de administración, poder especial para actos de dominio, poder general cambiario y para suscribir títulos de crédito y poder especial realizado por Miguel Ángel Villarreal Alarcón y Rosa de Guadalupe Villarreal Alarcón, en favor de Andrés Policarpo Campos Linares, y demás prestaciones accesorias que se señalan en la demanda. En la inteligencia de que la notificación realizada de esta manera surtirá sus efectos a los 10 diez días contados a partir de la última publicación, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por el artículo 73 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Nuevo León. Asimismo, prevéngase a la citada demandada, para que dentro del término para contestar la demanda señale domicilio para los efectos de oír y recibir notificaciones en cualquiera de los municipios de Apodaca, General Escobedo, Guadalupe, Monterrey, San Nicolás de los Garza, San Pedro Garza García o Santa Catarina, todos del estado de Nuevo León, con el apercibimiento de que en caso de no hacerlo así, las subsecuentes notificaciones de carácter personal se le harán por medio de instructivo que para tal efecto se coloque en la tabla de avisos de este Juzgado, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por el articulo 68 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Nuevo León. Doy fe. ISAAC TIJERINA ALVIZO C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL (26, 27 y 28)

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