Fecha de publicación:24-08-2026
El 14 de mayo de 2026, este Juzgado Especializado en Divorcio Incausado del Primer Distrito Judicial del Estado, admitió el expediente 1173/2026, relativo al juicio oral sobre divorcio incausado promovido por Aarón Armando Solís Rosales en contra de Jocelyne Adriana Gómez Medina, mediante auto del 7 siete de julio de 2026, se ordenó emplazar a Jocelyne Adriana Gómez Medina por medio de edictos que se publiquen por "3 veces" consecutivas, en Periódico Oficial del Estado, Boletín Judicial del Estado y el periódico "El Porvenir" que se editan en esta ciudad, para que dentro del término de 9 días comparezca a dar contestación por escrito y manifieste lo que a su derecho convenga; en la inteligencia que la notificación hecha de esta manera surtirá sus efectos a los "10 días" contados desde el siguiente al de la última publicación, quedando en la Secretaria del juzgado las copias de traslado simples de la solicitud de divorcio y anexos exhibidos. Se previene al demandado para que dentro del término concedido señale domicilio para oír y recibir notificaciones en cualquiera de los municipios de Apodaca, General Escobedo, Guadalupe, Monterrey, San Nicolás de los Garza, San Pedro Garza García y Santa Catarina; apercibido de que en caso de no hacerlo así, las notificaciones personales que no se le practiquen en las audiencias que se verifiquen en el procedimiento, se le harán por medio de los estrados de este juzgado, conforme el artículo 68 del Código des Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León. Monterrey, Nuevo León, a 3 de julio de 2026. JOSÉ ALBERTO DÁVALOS ARÉVALO. CIUDADANO SECRETARIO. JOSE ALBERTO DAVALOS AREVALO C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO ESPECIALIZADO EN DIVORCIO INCAUSADO DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL DEL ESTADO (24, 25 y 26)
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