Fecha de publicación:07-09-2026
Al Ciudadano: Jorge Altamirano Ochoa Domicilio Ignorado. En fecha 24 veinticuatro de abril del año 2026 dos mil veintiséis se admitió a trámite ante este Juzgado Primero de Juicio Familiar Oral del Tercer Distrito Judicial del Estado, bajo el expediente judicial número 438/2026, el juicio oral sobre divorcio incausado, promovido por Yanely Becerra en contra de Jorge Altamirano Ochoa. Luego, en fecha antes mencionada, esta Autoridad ordenó emplazar a la parte demandada para que dentro del término de 09-nueve días, acudiera al local de este Juzgado a producir su contestación y a oponer las excepciones y defensas de su intención si las tuviere. Posteriormente, en auto de fecha 30 treinta de julio del año 2026 dos mil veintiséis, se ordenó emplazar al aludido demandado de Jorge Altamirano Ochoa por medio de edictos que se publicarán por tres veces consecutivas tanto en el Periódico Oficial, Boletín Judicial y en el Periódico de Mayor Circulación, a fin de que dentro del improrrogable termino de 09-nueve días acuda al local de este Juzgado a producir su contestación, y a oponer las excepciones de su intención si para ello tuviere que hacer valer. Aclaración hecha de que la notificación realizada en esa forma comenzará a surtir efectos a los 10-diez días contados desde el siguiente al de la última publicación, quedando a disposición de la parte reo en la Secretaria de la Coordinación de Gestión Judicial de los Juzgados Familiares Orales del Tercer Distrito Judicial, las copias de traslado de la demanda y demás documentos acompañados, para su debida instrucción. Finalmente, acorde con lo preceptuado por el artículo 68 del Código de Procedimientos Civiles del Estado, prevéngase a la parte demandada a fin de que señale domicilio para el efecto de oír y recibir notificaciones, dentro de los municipios a que alude el numeral citado con antelación, apercibido de que en caso de no hacerlo así las subsecuentes notificaciones de carácter personal se le harán por medio de los estrados de este Juzgado. San Nicolás de los Garza, Nuevo León, a 12 doce de agosto del año 2026 dos mil veintiséis. El ciudadano Secretario de la Coordinación de Gestión Judicial del Poder Judicial del Estado. Licenciada Tayde del Socorro Blasco Azuara. TAYDE DEL SOCORRO BLASCO AZUARA. C. SECRETARIO ADSCRITO A LA COORDINACIÓN DE GESTIÓN JUDICIAL DE LOS JUZGADOS DE JUICIO FAMILIAR ORAL TAYDE DEL SOCORRO BLASCO AZUARA C. SECRETARIO ADSCRITO A LA COORDINACIÓN DE GESTIÓN JUDICIAL DE LOS JUZGADOS DE JUICIO FAMILIAR ORAL (7, 8 y 9)
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