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    Número de Edicto 154203

    Fecha de publicación:28-10-2026

    A Natalio Rico con domicilio desconocido, en el Juzgado Tercero de lo Civil del Primer Distrito Judicial en el Estado, en fecha 23 veintitrés de septiembre de 2026 dos mil veintiséis, se radicó el expediente judicial número 701/2026 relativo al juicio ordinario civil promovido por Josué Escobedo Castañeda, por sus propios derechos en contra de: Natalio Rico; reclamando las siguientes prestaciones: A).- Otorgamiento de la Escritura Definitiva de compraventa a favor del suscrito JOSUE ESCOBEDO CASTAÑEDA de la propiedad con las siguientes características: Una fracción de terreno ubicado en la lotificación que se señaló a los ejidatarios del poblado de Remates del Municipio de Monterrey, Estado de Nuevo León que constituye un solar con extensión de 212 Mts. Doscientos doce metros cuadrados dentro de las siguientes dimensiones y colindancias: Al Norte 11.00 Mts. Once metros, Colinda con calle del fraccionamiento, por el Sur en 6.00 Mts. Seis metros, colinda con el lote num, 10 del fraccionamiento que se reserva la parte propietaria, por el Oriente en 22.00 Mts. Veintidos metros, colinda con el camino, y por el Poniente 20.00 Mts. veinte metros, colinda con el lote num. 13 que se adjudico el señor Juan Silva. El lote que se describe en el mercado en el plano con el numero 13- letra A. B).- Cancelación del Registro de Inscripción 2061, Folio 58, Volumen 101, Libro Sección Escrituras Privadas con fecha 10 de septiembre de 1953 Unidad Monterrey. C).- Inscripción en mi favor en el Registro Publico de la Propiedad y del Comercio del bien inmueble descrito en el Inciso A), con las medidas y colindancias que se detallan. D).- El pago de los gastos y Costas Judiciales que se originen con motivo del presente juicio. Mediante proveído de fecha 7 siete de octubre de 2026 dos mil veintiséis, se ordenó notificar a la referida parte demandada por medio de edictos, los cuales deberán publicarse por 3 tres veces consecutivas en el Periódico Oficial del Estado, en el Boletín Judicial, así como en un periódico de los de mayor circulación, quedando a elección del interesado esto último el hacer la publicación en el Diario el Porvenir, periódico El Norte, en el periódico Milenio Diario de Monterrey o el ABC de Monterrey, lo anterior para los efectos de que dentro del término de 9 nueve días ocurra a producir contestación la parte demandada y a oponer las excepciones de su intención si las tuviere en la inteligencia de que dicha notificación surtirá sus efectos a los 10 diez días contados desde el siguiente al de la última publicación, lo anterior con fundamento en el artículo 73 del Código de Procedimientos Civiles en vigor, debiéndosele prevenir a Natalio Rico para que señale domicilio para oír y recibir notificaciones en cualquiera de los municipios de Apodaca, General Escobedo, Guadalupe, Monterrey, San Nicolás de los Garza, San Pedro Garza García y Santa Catarina, Nuevo León, apercibido de que en caso de no hacerlo así, las posteriores notificaciones de carácter personal se le hará en la forma prevista por el artículo 68 del Ordenamiento legal en cita. Así mismo quedan a disposición de Natalio Rico las copias de traslado en la Secretaria de este Juzgado. DOY FE. MARIA TRINIDAD LOZANO MARTINEZ C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL (28, 29 y 30)

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