Fecha de publicación:12-06-2026
El día 9 nueve de marzo del 2026 dos mil veintiséis, Ante mí, Licenciado HERNÁN MONTAÑO PEDRAZA, Notario Público Titular de la Notaría Pública número 60 sesenta, con ejercicio en este Primer Distrito, COMPARECIERON: Los señores JOSÉ LUIS DIMAS COLUNGA, MARINA DE JESÚS DIMAS ESQUEDA, EDUVIGES MARGARITA DIMAS ESQUEDA, JUAN GERARDO DIMAS ESQUEDA, MARÍA DEL CARMEN DIMAS ESQUEDA, JOSÉ LUIS DIMAS ESQUEDA, JULIO CÉSAR DIMAS ESQUEDA y BLANCA ESTHELA DIMAS EZQUEDA a INCIAR el JUICIO HEREDITARIO DE INTESTADO a bienes de su esposa y madre respectivamente, la señora MARGARITA ESQUEDA NÚÑEZ, quien falleció en Monterrey, Nuevo León, el día 7 siete de junio del 2023 dos mil veintitrés, según lo acreditan con el Acta de Defunción número 12764 doce mil setecientos sesenta y cuatro, Libro 64 sesenta y cuatro, de fecha 8 ocho de junio del 2023 dos mil veintitrés, levantada por el C. Oficial 10º. Décimo del Registro Civil de Monterrey, Nuevo León. Manifestando los comparecientes, que su esposa y madre respectivamente contrajo nupcias con el señor JOSÉ LUIS DIMAS COLUNGA, en fecha 4 cuatro de mayo de 1972 mil novecientos setenta y dos, según Acta número 00274 doscientos setenta y cuatro, Libro 8 ocho, levantada por el C. Oficial 18º. Décimo Octavo del Registro Civil en Monterrey, Nuevo León, de cuyo matrimonio procrearon 7 siete hijos, de nombres MARINA DE JESÚS DIMAS ESQUEDA, EDUVIGES MARGARITA DIMAS ESQUEDA, JUAN GERARDO DIMAS ESQUEDA, MARÍA DEL CARMEN DIMAS ESQUEDA, JOSÉ LUIS DIMAS ESQUEDA, JULIO CÉSAR DIMAS ESQUEDA y BLANCA ESTHELA DIMAS ESQUEDA según Actas de Nacimiento que exhiben en este acto y se anexan a la presente Acta formando parte integrante de la misma. Manifestando BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que la señora MARGARITA ESQUEDA NÚÑEZ, falleció sin otorgar disposición testamentaria, que entre ellos en su carácter de herederos, de acuerdo con las disposiciones de los Artículos 881 ochocientos ochenta y uno y 882 ochocientos ochenta y dos del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado de Nuevo León, no existe controversia o disputa sobre los derechos hereditarios o sobre la aplicación de los bienes que conforman el acervo hereditario. Por lo que en los términos expuestos, a los señores MARINA DE JESÚS DIMAS ESQUEDA, EDUVIGES MARGARITA DIMAS ESQUEDA, JUAN GERARDO DIMAS ESQUEDA, MARÍA DEL CARMEN DIMAS ESQUEDA, JOSÉ LUIS DIMAS ESQUEDA, JULIO CÉSAR DIMAS ESQUEDA y BLANCA ESTHELA DIMAS ESQUEDA, les corresponde el acervo hereditario en su carácter de hijos y al señor JOSÉ LUIS DIMAS COLUNGA, los derechos derivados de la liquidación de la sociedad conyugal que rigió su matrimonio con la autora de la sucesión. Los comparecientes los señores MARINA DE JESÚS DIMAS ESQUEDA, EDUVIGES MARGARITA DIMAS ESQUEDA, JUAN GERARDO DIMAS ESQUEDA, MARÍA DEL CARMEN DIMAS ESQUEDA, JOSÉ LUIS DIMAS ESQUEDA, JULIO CÉSAR DIMAS ESQUEDA y BLANCA ESTHELA DIMAS ESQUEDA, manifestaron que aceptan la herencia y que designan a su padre el señor JOSÉ LUIS DIMAS COLUNGA, con el cargo de Albacea de la sucesión, quien acepta dicho cargo, manifestando que con dicho carácter, procederá a llevar a cabo el inventario y avalúo de los bienes que forman la masa hereditaria de la Sucesión, dándose a conocer las declaraciones de los comparecientes por medio de dos publicaciones que se harán de 10 diez en 10 diez días en el diario "El Porvenir" que se edita en esta ciudad. Monterrey, N.L., 03 de junio del 2026. Atentamente. LIC. HERNÁN MONTAÑO PEDRAZA NOTARIO PÚBLICO TITULAR DE LA NOTARÍA PÚBLICA NÚMERO 60 MONTERREY, N.L., MÉXICO. (12 y 22)
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