Opinión Editorial
Seguimos con el mal en las reformas
Publicación:06-10-2025
++--
Insisto con este tercer artículo sobre la iniciativa de reforma a la Ley de Amparo.
Insisto con este tercer artículo sobre la iniciativa de reforma a la Ley de Amparo presentada por la presidenta Claudia Sheinbaum el pasado 15 de septiembre de 2025. Las discusiones han dejado claro que, sobre todo, se trata de una reforma que protege a la autoridad y no al ciudadano. Es cierto que tiene algunas cosas buenas como la digitalización de los procesos —que ya estaba, pero que ahora es más precisa— y la claridad en determinados plazos que depende de recursos presupuestarios y la capacidad de los juzgadores.
Esta reforma provocó diversidad de opiniones que incluso resultaron en que el Senado hiciera una consulta a litigantes y personas abogadas y académicas del derecho. Fueron 28. La mayoría de las reflexiones estuvieron en contra de esta iniciativa y se centraron en los mismos puntos que señalé en los últimos dos artículos: la suspensión del acto reclamado, el interés legítimo, la recusación y, en general, el obstáculo que representan estas reformas en el acceso a la justicia y particularmente al Juicio de Amparo, que es el recurso más importante para proteger a los ciudadanos de los actos del gobierno o de cualquier autoridad que violé sus garantías individuales. Quienes hablaron en contra dieron, francamente, una cátedra de lo que era el interés legítimo, la figura de la suspensión de los actos reclamados y explicaron claramente lo que pasaría si esta reforma fuera aprobada.
El Senado llevó a cabo la sesión correspondiente y aprobó la iniciativa con algunos cambios, sin embargo, siguieron las restricciones propuestas.
Otro de los temas fue la recusación de los jueces, del que se escucha poco y, sin embargo, es muy importante. Imagínese que quien le cometió una injusticia apoyó la campaña del juez que va a resolver su asunto. Lo conveniente es que no resuelva ese juez porque podría carecer de imparcialidad. Aun así, se mantuvieron las restricciones para pedir cambio de juez.
En resumen, con los últimos cambios aprobados, disminuyeron (aunque poco) lo mal que está la reforma. Las afectaciones graves al Juicio de Amparo siguen ahí, el daño que le provocarán a quienes quieran defender sus garantías individuales permanece. No nos sorprende que así sea porque la iniciativa se hizo bajo la visión de proteger más a la autoridad y no al gobernado. Y no crea el lector que es la única reforma a la Ley de Amparo que protege a la autoridad, lo mismo pasó con las reformas que Morena promovió en años pasados. Señalo dos ejemplos en los que, además de fortalecer a la autoridad, perjudica a las y los mexicanos:
a) La reforma a la Ley de Amparo publicada el 14 de junio del año pasado prohibió la suspensión con efectos generales de leyes en las que se discuta su inconstitucionalidad.
b) El pasado marzo publicaron la reforma en la que prohibieron los efectos generales a las sentencias que declaren la inconstitucionalidad de normas generales.
Al final, sobre las rodillas, en la madrugada de la sesión del Senado que discutió esta iniciativa, un creativo senador morenista solicitó sumar un párrafo que es violatorio de la Constitución: la retroactividad de la ley. Y, como es una reforma que no beneficia a nadie, los reclamos se hicieron escuchar a tal grado que la misma Presidenta pidió que se quitara ese párrafo. Yo no creo que lo hayan hecho con el propósito de distraernos, como dicen algunos, más bien, algo quisieron hacer y no les salió. Yo pediré que se sostenga lo dicho y eliminen el párrafo que permite la retroactividad.
Todavía no sabemos cuándo se discutirá esta iniciativa en la Cámara de Diputados. Por lo pronto, algunas diputadas y diputados ya pedimos un parlamento abierto para tan importante reforma.
@Mzavalagc
« El Porvenir »




