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Niega SAT que su personal vaya a portar armas

Niega SAT que su personal vaya a portar armas
La dependencia aclaró que el dictamen de la Ley de Armas de Fuego no autoriza el uso de armamento al personal administrativo.

Publicación:08-05-2025

TEMA: #SAT  

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La reforma a la ley busca regular más estrictamente la posesión, portación y comercio de armas en México.

No es verdad que los trabajadores del Servicio de Administración Tributaria (SAT) podrán portar armas, según la iniciativa de Ley de Armas de Fuego y Explosivos.

En una tarjeta informativa, el órgano recaudador de impuestos aclaró que el personal administrativo de esta institución no porta, ni portará armas para el desarrollo de sus funciones diarias como lo han señalado algunos medios de comunicación.

"Es falso que, en el dictamen aprobado por la Cámara de Diputados y Senadores, se establezca que los trabajadores del SAT podrán portar armas de fuego para el cumplimiento de sus funciones", enfatizó.

Recordó que actualmente el SAT tiene una licencia autorizada por la Secretaría de la Defensa Nacional, única y exclusivamente en la modalidad de "Seguridad privada en los bienes".

Lo anterior únicamente para proporcionar servicios de seguridad y protección a instalaciones y edificios del SAT, señaló. Mencionó que el objetivo principal de la reforma a la Ley de Armas de Fuego es fortalecer el control sobre la posesión y su uso en México.

También tiene el fin de endurecer las sanciones contra el tráfico ilícito de dichos artefactos y regular, de manera más estricta, la portación y comercialización de armamento en el país. Además, aseguró, se busca fomentar la cultura de la paz, mediante campañas permanentes de desarme.

Destacó que el proyecto de decreto hace referencia a que los organismos públicos que obtengan la licencia oficial colectiva, por parte de la Secretaría de la Defensa Nacional, sólo podrán emplear el armamento autorizado en funciones de carácter oficial y de seguridad pública.

Dictamen es turnado al Ejecutivo

El pleno del Senado aprobó por unanimidad la reforma a la Ley de Armas de Fuego y Explosivos.

Sin discusión y con 100 votos a favor se avaló el dictamen que fue turnado al Ejecutivo Federal donde se argumenta que "en México es prioridad la seguridad de las áreas estratégicas y la seguridad pública".

La reforma al artículo 24, fracción II de la ley se plantea que "puedan portar armas de fuego, en los casos y con las condiciones y requisitos que establecen la misma y su reglamento, integrantes de organismos, que, por sus funciones de carácter público, justifiquen su necesidad".

Asimismo, la reforma impulsada en su momento por el expresidente López Obrador expone incluye aumentar los tipos de calibre de armas y municiones que son consideradas como exclusivas de las Fuerzas Armadas, así como de las armas accionadas por gas o aire comprimido, e incluso, regular el transporte de las armas que utilicen competidores olímpicos entre sus domicilios y los campos de tiro, que también serán sujetos a regulación.



« El Universal »