Nacional Ciudad de México
Aprueban Diputados reforma para endurecer control de armas en México

Publicación:24-04-2025
TEMA: #Reforma
En total, se reformaron 59 artículos y se imponen hasta 30 años de prisión a quien participe en la introducción ilegal de armas al país
El pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general y particular, por 476 votos a favor y dos abstenciones, la reforma a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos para regular el registro, control, vigilancia y sanción de las actividades conexas con armas de fuego, municiones, artificios y explosivos. Fue enviada al Senado de la República para continuar su proceso legislativo.
Aunque los diputados del PAN y PRI apoyaron la reforma, señalaron que no es suficiente para combatir el tráfico ilegal de armas provenientes de Estados Unidos y el gobierno federal debe impulsar una estrategia binacional para enfrentar este delito.
En total, se reformaron 59 artículos y entre las modificaciones se imponen hasta 30 años de prisión a quien participe en la introducción ilegal de armas al país, y de seis y hasta 30 años de prisión y multa de 100 y hasta 500 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) a quien haga acopio y posea más de cinco armas de las reservadas para el uso exclusivo de las Fuerzas Armadas.
También se prohíbe a las personas ajenas a las Fuerzas Armadas la posesión, portación y uso de armas, cargadores, municiones, materiales, accesorios, ingenios o vehículos blindados, y de cinco a 15 años de prisión a quien use vehículos particulares modificados con cualquier tipo de blindaje y adaptados para el uso de armamento.
La Secretaría de Defensa Nacional (Sedena) podrá otorgar, negar, suspender o cancelar los permisos de adquisición y licencias de portación de armas automáticas calibre 7.62 mm o similares y superiores, al personal operativo de los organismos de seguridad pública federales y estatales cuando se justifique la necesidad de emplear armamento de esa potencia y volumen de fuego.
Entre las armas calibre 7.62 mm que podrían adquirir con este cambio se encuentran: rifles de asalto, como el AK-47, ametralladoras y rifles de francotirador. También prohíbe la enajenación de armas, municiones, accesorios, partes y componentes a través de las plataformas de internet en el territorio nacional.
Entre las armas permitidas se encuentran: las pistolas de funcionamiento semiautomático de calibre no superior al .380 y sus equivalentes 9x17 mm o 9 mm short o 9 mm kurz. Quedan exceptuadas las pistolas calibres .38 súper, así como los otros modelos y marcas del calibre 9 mm, .357, incluyendo en estas excepciones el calibre .22 Magnum, Hornet y TCM.
Durante la discusión del dictamen, el diputado Christian Castro Bello (PRI) señaló que con la reforma se conforma una ley más clara y eficaz en el control de armas, explosivos, municiones, artefactos pirotécnicos y sustancias químicas, con un enfoque que prioriza la seguridad ciudadana y la prevención de los delitos.
« El Universal »